El hurto en tiendas, que consiste en robar mercancía de una tienda sin pagar, puede parecer un delito menor, pero en realidad puede acarrear importantes problemas legales. En el estado de Arizona, el hurto en tiendas se considera un delito grave y las sanciones pueden ser bastante severas, dependiendo de factores como el valor de los artículos robados y las circunstancias específicas del robo.
Si actualmente se encuentra lidiando con un cargo por hurto en tiendas, es fundamental buscar asesoramiento legal y comprender sus derechos y opciones. Su futuro podría verse afectado por el resultado de su caso, por lo que es crucial tomar la situación en serio y estar informado sobre el proceso legal.
Alcock & Associates es un reconocido bufete de abogados de Phoenix especializado en todo tipo de cargos por hurto en tiendas en el estado de Arizona. Nuestros abogados expertos y con amplia experiencia exploran todas las opciones posibles para lograr el mejor resultado posible en cada caso, ya sea negociar una reducción de cargos, obtener sentencias alternativas o representar a clientes en los tribunales.
Nuestro historial de defensa exitosa de clientes contra cargos de hurto en tiendas habla por sí solo, demostrando una y otra vez por qué somos los expertos a los que recurrir cuando se trata de defensa contra hurto en tiendas en Arizona.
Se sabe que el hurto en tiendas es uno de los delitos más comunes en el estado de Arizona y puede considerarse un delito menor o un delito grave, lo que depende de cómo se cometió el robo y del valor de los artículos robados.
La gravedad de los cargos y las sanciones por hurto en tiendas depende principalmente del valor de los artículos robados. Sin embargo, tenga en cuenta que al evaluar un caso de hurto en tiendas, entran en juego otros factores, como:
Si respondió afirmativamente a alguna de estas preguntas, es posible que se enfrente a un cargo por delito grave y le recomendamos que contacte con un abogado defensor. Por otro lado, si esta es su primera infracción y no se encuentra en ninguna de las categorías o preguntas mencionadas anteriormente, podría ser elegible para ser admitido en un programa de desvío.
El hurto en tiendas es un delito en Arizona, junto con diversos delitos menores no violentos, que frecuentemente se puede resolver con un programa de desvío. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, las personas acusadas de hurto en tiendas que además tienen múltiples antecedentes penales pueden enfrentar cargos por delitos graves y penas de prisión. Las condenas por delitos graves pueden conllevar multas más elevadas, penas de prisión más largas y antecedentes penales permanentes, lo que puede tener un impacto duradero en la vida y las oportunidades futuras.
Para obtener más información, no dude en hacer clic en el video de arriba para aprender sobre el hurto en tiendas en Arizona.
A continuación proporcionamos el Estatuto de Arizona sobre hurto en tiendas:
A. Una persona comete hurto en una tienda si, estando en un establecimiento en el que se exhiben mercancías para la venta, obtiene a sabiendas dichas mercancías de otra persona con la intención de privarla de dichas mercancías mediante:
Retirar cualquiera de los productos de la exhibición inmediata o de cualquier otro lugar dentro del establecimiento sin pagar el precio de compra; o
Cobrar el precio de compra de los bienes a una persona ficticia o a cualquier persona sin la autorización de dicha persona; o
Pagar menos del precio de compra de los bienes mediante algún truco o artificio, como alterar, quitar, sustituir o de otra manera desfigurar cualquier etiqueta, rótulo de precio o marca; o
Transferir las mercancías de un contenedor a otro; o
Ocultación.
B. Se presume que una persona tiene el estado mental culpable necesario de conformidad con la subsección A de esta sección si realiza alguna de las siguientes acciones:
Oculta a sabiendas sobre sí mismo o sobre otra persona mercancías no compradas de cualquier establecimiento mercantil mientras se encuentra dentro del establecimiento mercantil.
Utiliza un artificio, instrumento, recipiente, dispositivo u otro artículo para facilitar el hurto.
C. Un comerciante, o su agente o empleado, con causa razonable, puede detener en sus instalaciones de manera razonable y por un tiempo razonable a cualquier persona que sea sospechosa de hurto en tiendas según lo prescrito en la subsección A de esta sección para interrogarla o citar a un agente del orden público.
D. Causa razonable es una defensa a una acción civil o penal contra un oficial de paz, un comerciante o un agente o empleado del comerciante por arresto falso, encarcelamiento falso o ilegal o detención injusta.
E. Si un menor participa en una conducta que viola la subsección A de esta sección, a pesar del hecho de que el menor no puede ser considerado responsable debido a su minoría de edad, cualquier comerciante que resulte perjudicado por el hurto del menor puede presentar una acción civil contra el padre o tutor legal del menor conforme a la sección 12-661 o 12-692.
F. Cualquier comerciante que resulte perjudicado por el hurto de un adulto o un menor emancipado en violación de la subsección A de esta sección puede iniciar una acción civil contra el adulto o el menor emancipado de conformidad con la sección 12-691.
G. Al imponer una sentencia a una persona declarada culpable de violar esta sección, el tribunal puede requerir que cualquier persona realice servicios públicos designados por el tribunal además de o en lugar de cualquier multa que el tribunal pueda imponer.
H. Robar bienes en tiendas con un valor de dos mil dólares o más, robar bienes en tiendas durante un episodio delictivo continuo o robar bienes en tiendas si se realiza para promover, fomentar o asistir a una pandilla callejera o sindicato delictivo es un delito grave de clase 5. Robar bienes en tiendas con un valor de mil dólares o más pero menos de dos mil dólares es un delito grave de clase 6. Robar bienes en tiendas con un valor inferior a mil dólares es un delito menor de clase 1, a menos que se trate de un arma de fuego, en cuyo caso el robo es un delito grave de clase 6. A los efectos de esta subsección, "episodio delictivo continuo" significa el robo de bienes con un valor de mil quinientos dólares o más si se comete durante al menos tres incidentes separados dentro de un período de noventa días consecutivos.
I. Una persona que en el curso de un hurto en una tienda utiliza un artificio, instrumento, recipiente, dispositivo u otro artículo con la intención de facilitar el hurto en una tienda o que comete un hurto en una tienda y que ha cometido previamente o ha sido condenada dentro de los últimos cinco años por dos o más delitos que involucran robo, hurto en tiendas, robo, hurto organizado en tiendas o hurto es culpable de un delito grave de clase 4.
Para que el Estado tenga éxito en su procesamiento, debe probar cinco elementos en la mayoría de los casos de hurto en tiendas:
1) Que la persona acusada de hurto en una tienda; 2) mientras se encontraba en una tienda minorista; 3) obtuvo bienes a sabiendas; 4) con la intención de privar al dueño o propietario de dichos bienes; 5) ocultó o sacó bienes de la tienda minorista.
En términos prácticos, estos elementos describen lo que la fiscalía debe probar para establecer que se ha cometido un delito de hurto en tiendas:
El hecho de que el hurto en una tienda se considere un delito menor o un delito grave depende del valor total de las cosas sustraídas al comerciante, de si el hurto se cometió como parte de un “episodio delictivo continuo” y de si se determina que el hurto es una actividad de pandillas.
El hurto en tiendas es un delito que también puede considerarse grave si una persona ha sido condenada por dos o más delitos de robo, hurto en tiendas, robo a mano armada o hurto organizado en comercios. La regla del tercer delito en el tiempo de este estatuto puede convertir lo que de otro modo sería un hurto menor en un delito grave con pena de prisión.
El hurto en tiendas puede ser un cargo muy grave. Si usted o un ser querido ha sido acusado de hurto en tiendas, debe contactar a un abogado de inmediato.
Si bien es poco probable una pena de prisión prolongada por hurto en tiendas, el Estado puede exigir algún tiempo de prisión por hurto en tiendas por delitos graves, especialmente si el delito es el tercero en el tiempo.
Delito Estatuto Delito Grave
$2000 o más ARS § 13-1805(H) Delito grave de clase 5
Episodio criminal ARS § 13-1805(H) Delito grave de clase 5
Pandilla o sindicato callejero ARS § 13-1805(H) Delito grave de clase 5
$1000 a $2000 ARS § 13-1805(H) Delito grave de clase 6
Menos de $1000 ARS § 13-1805(H) Delito menor de clase 1
Arma de fuego ARS § 13-1805(H) Delito grave de clase 6
Artificio o contenedor ARS § 13-1805(I) Delito grave de clase 4
Tercero en el tiempo ARS § 13-1805(I) Delito grave de clase 4
En Alcock & Associates, nuestros abogados especializados en hurtos en tiendas en Phoenix conocen a fondo las leyes y los procedimientos legales de Arizona. Utilizamos esta experiencia para construir una defensa sólida, adaptada específicamente a las circunstancias particulares de cada cliente.
Empleamos diversas estrategias de defensa para lograr una reducción de los cargos o explorar alternativas de sentencia. Con una dedicación inquebrantable, brindamos una representación firme ante el tribunal, garantizando la protección de sus derechos durante todo el proceso legal.
En caso de una condena, nuestra firma está completamente equipada para manejar el proceso de apelaciones, trabajando incansablemente para revocar la condena o asegurar un resultado más favorable.
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Aquí en Alcock y asociados Nuestro equipo y personal se dedican a ayudarle y representarle. El primer paso es comprender su caso. Nos tomaremos el tiempo necesario para conocerlo a usted y su situación legal para poder responder a todas sus preguntas de la mejor manera posible. Después de su consulta inicial con nuestros abogados, sabrá a qué se enfrenta y qué puede suceder con su caso.
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