Dos partes pueden colaborar para solicitar el divorcio o la custodia y resolverlo rápidamente. Si las partes llegan a un acuerdo amistoso, pueden colaborar para redactar un acuerdo de conciliación (denominado decreto de consentimiento) y presentarlo ante el tribunal.
Una vez que las partes presentan el decreto de consentimiento, el tribunal lo adopta como orden judicial. Un decreto de consentimiento no puede formalizarse hasta 60 días después de la fecha de notificación de la Demanda de Disolución.